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Pensión por fallecimientos: ¿Quiénes pueden acceder?

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En su columna semanal en Misiones Cuatro, la abogada Mirta Kornuta respondió las consultas de los televidentes y una de las principales fue la pensión directa por fallecimiento.

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Pensión por fallecimientos: ¿Quiénes pueden acceder?

POSADAS. La abogada Mirta Kornuta volvió a referirse a la pensión por fallecimiento. Señaló que existen la directa y la derivada.

Las derivadas son las que pueden acceder los cónyuges o hijos menores, o son mayores de edad, pero son discapacitados, y la madre o el padre estaban cobrando por ellos”, explicó la letrada.

En ese sentido, agregó: “Derivada quiere decir que la persona ya estaba cobrando un beneficio, es decir, una jubilación, pueden ser derivada, ya sea con la moratoria, o una jubilación con aporte al cónyuge, a los hijos menores, hijos discapacitados mayores de edad”.

Y continuó: “¿Cuál es el beneficio que no se puede derivar? Por ejemplo, la pensión universal para adultos mayores, si bien se ubica en un rango que son para todas las personas sin distinción de sexo, mayores de 65 años, esas no son derivadas, ni a hijos menores ni cónyuges. También pueden derivarse madre de 7 hijos, cuando una mamá estaba cobrando este beneficio, fallecía y quedaban hijos menores a su cargo, en este caso, los hijos menores van a seguir cobrando con un responsable, eso va a acreditarse en el Anses, que puede ser el padre, el abuelo o un hermano mayor el responsable a cobrar”, declaró.

Mirá la columna de la abogada Mirta Kornuta en Misiones Cuatro

https://youtu.be/FHUvvHTW9Dg
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