Posadas

Polémica por alcotest positivo al hijo de un concejal

cargando anuncio

El edil renovador Julio Vivero fue uno de los impulsores de la ordenanza de Tolerancia Cero en alcohol al volante. Este fin de semana uno de sus hijos adolescentes conducía alcoholizado por las calles de Posadas y su automóvil quedó retenido. Vivero relató el episodio en su cuenta de Facebook.

Polémica por alcotest positivo al hijo de un concejal

[vc_row][vc_column][vc_column_text]El edil renovador Julio Vivero fue uno de los impulsores de la ordenanza de Tolerancia Cero en alcohol al volante. Este fin de semana uno de sus hijos adolescentes conducía alcoholizado por las calles de Posadas y su automóvil quedó retenido. Vivero relató el episodio en su cuenta de Facebook.[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row][vc_row][vc_column][vc_media_grid element_width=”6″ gap=”35″ grid_id=”vc_gid:1491340637389-5ff7141f-4f75-6″ include=”98960,98961″][vc_column_text]El sábado por la madruga el hijo del concejal Julio Vivero manejaba alcoholizado, fue detenido por un control de tránsito, dio positivo el alcotest con 0,3 grs/Lt de alcohol en sangre, lo multaron y secuestraron el auto.

Horas después el edil de la Renovación K se reunió con la Jueza Noelia López del Juzgado de Faltas Nº2, quién los “instruyó” sobre las diversas ordenanzas vigentes de Tolerancia Cero y riesgos de manejar habiendo ingerido alcohol; el funcionario pagó $2068 de multa, retiró el vehículo y se llevó a su hijo. Lo hizo público tres días después en las redes sociales.

Este fue el análisis de La Tarde de MisionesCuatro:[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row][vc_row][vc_column][/vc_column][/vc_row][vc_row][vc_column][vc_column_text]QUÉ DICE LA ORDENANZA

La norma fue aprobada por el Concejo Deliberante de Posadas en abril del 2016. En el articulo 1 establece: “tolerancia cero de alcohol en sangre como requisito para conducir cualquier tipo de vehículo”.

El artìculo 3 se menciona que “si en la prueba del test de alcoholemia el indicador arroja un número superior a 0,0 el conductor no puede conducir”. Si el conductor se niega a realizar el control de test de alcoholemia, “se presume un estado de alcoholemia positiva”.

Otra de las menciones de la norma establece que el “conductor que arroje un resultado de alcoholemia positiva entre 0,1 y 0,5 será sancionado con una multa de acuerdo a lo establecido para las faltas leves de tránsito”. El Juez de Faltas debe imponer las penalidades de suspensión temporaria y posterior retención de licencia por conducir habiendo ingerido alcohol o estupefacientes que alteran el normal desenvolvimiento del conductor.

Cuando el resultado del alcotest indique valores mayores a 0,5 gramos por litro de sangre a 1,0 gramos por litro de sangre, la suspensión y retención es de tres meses, más cuarenta horas en curso de capacitación en la Escuela de Seguridad Vial Municipal. En tanto, cuando el resultado del alcotest indica valores entre 1,0 a 1,5 gramos por litro de sangre, tiene que proceder a la suspensión y la retención de la licencia por seis meses, más cuarenta horas en curso de capacitación en la Escuela de Seguridad Vial Municipal.

Cuando el resultado del alcotest indica valores superiores a 1,5 gramos por litro de sangre, la suspensión y la retención es de doce meses, más cuarenta horas en curso de capacitación en la Escuela de Seguridad Vial Municipal.

vb[/vc_column_text][vc_facebook type=”button_count”][/vc_column][/vc_row][vc_row][vc_column][vc_tweetmeme][/vc_column][/vc_row]

Comentarios