Posadas

Veredas: ¿privadas o públicas?

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A la polémica por los cientos de baches diseminados en calles y avenidas de Posadas, se suman las veredas -en su mayoría- en pésimas condiciones. Una ordenanza determina plazo para los arreglos y multas a los propietarios.

Veredas: ¿privadas o públicas?

[vc_row][vc_column][vc_column_text]A la polémica por los cientos de baches diseminados en calles y avenidas de Posadas, se suman las veredas -en su mayoría- en pésimas condiciones. Una ordenanza determina plazo para los arreglos y multas a los propietarios.[/vc_column_text][vc_single_image image=”104794″ img_size=”full” alignment=”center”][vc_column_text]POSADAS. Polémica en puerta por una ordenanza municipal que establece multas y sanciones a propietarios por el mal estado de veredas. Además, las construcciones y reparaciones deberán ser supervisadas y realizadas por constructores inscriptos en la municipalidad.

Paulino Mattos habló con MisionesCuatro y aseguró que las veredas de Posadas son una trampa para las personas ciegas. Además dijo que los frentistas no respetan las ordenanzas y la municipalidad no las hace cumplir.

María Laura Denti, profesora Centro de Rehabilitación del Ciego manifestó que la sociedad en su conjunto debe trabajar para mantener las veredas y calles en condiciones a fin de facilitar la circulación. Aseguró que cada vez más gente sufre problemas de baja visión.[/vc_column_text][vc_column_text]La ordenanza 1864 –antes 765/01- establece que serán intimados los propietarios de inmuebles a construir, reparar y nivelar las veredas de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 149 de la ordenanza 1715 –antes 2964/11, Anexo 1- del código fiscal municipal.

La norma habilita a la secretaría de obras publicas de Posadas a establecer un registro de constructores de veredas que es –o debería ser-  publicado semestralmente en un lugar visible del edificio municipal.[/vc_column_text][vc_column_text]Javier Suarez, director de Inspecciones y Servicios de la municipalidad aseguró que los frentistas son responsables de mantener en condiciones las veredas y que en muchos casos el municipio debe intimarlos para que las reparen.[/vc_column_text][vc_column_text]Según la ordenanza una vez que llega la intimación los frentistas cuentan con diez días para realizar las reparaciones pero los plazos pueden alargarse por la situación económica.

Las multas y sanciones a los propietarios están establecidas en la Ordenanza XVIII – Nº 81 (Antes Ordenanza 1240/04). Con un plazo de 120 días deberá construir o reparar las veredas según las características establecidas en el código de edificación municipal.

Si los propietarios intimados no cumplen con lo establecido, el Departamento Ejecutivo, los costos son cargados a los propietarios morosos, con más de diez por ciento (10 %) en carácter de multa, en los términos y plazos que el Departamento Ejecutivo determina”, estipula la norma.[/vc_column_text][vc_media_grid grid_id=”vc_gid:1494460624722-81841d82-8e48-2″ include=”104795,104796,104797″][vc_tweetmeme][vc_facebook][vc_column_text]JK[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row]

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