Judiciales

Femicidio de Horacelia: Monzón “no va a volver a la calle por los próximos 35 años”

cargando anuncio

El Noticiero Central de MisionesCuatro dialogó con Vladimir Glinka, fiscal de la causa por el femicidio de Horacelia Marasca donde el Tribunal Penal II condenó a Martín Monzón a prisión perpetua.

Femicidio de Horacelia: Monzón “no va a volver a la calle por los próximos 35 años”

POSADAS. En agosto del 2015, la ciudad se vio conmocionada por el brutal femicidio de una joven de 16 años que residía junto a su pareja y su pequeño hijo en un departamento de Villa Cabello.

Se trataba de Horacelia Marasca, quien fue asesinada, descuartizada y descartada en bolsas de consorcio en distintos puntos de la ciudad. El principal acusado fue su pareja, Martín Monzón, quien este jueves recibió la pena de prisión perpetua por parte del Tribunal Penal II, luego de ser considerado culpable por el delito de considerado culpable del delito de “homicidio calificado por el vínculo y por alevosía”.

Sobre el tema, el Noticiero Central de MisionesCuatro habló con Vladimir Glinka, fiscal de la causa, quien hizo algunas consideraciones respecto al debate oral que determinó la culpabilidad del acusado y la condena a prisión perpetua.

“Le quedan largos años para pensar en lo que hizo. Tiene casi 40 años y si la sentencia se confirma, no va a volver a caminar en la calle por los próximos 35 años”, dijo el Fiscal.

A modo de repaso, Glinka explicó que Monzón estuvo acusado desde un primer momento, durante los primeros siete días de la desaparición de Horacelia, como autor penalmente responsable del delito de homicidio calificado por el vínculo. Posteriormente, “al momento de elevar la causa y prepararla para el juicio, Monzón no fue imputado, indagado o se le había dicho que el homicidio fue con violencia de género y no se pudo agregar”, explicó el abogado, aunque señaló que “teóricamente si fue un femicidio”.

Consultado sobre los alegatos, el Fiscal dijo que se basó en la teoría de la Defensa que buscaba justificar el hecho por “circunstancias extraordinarias de atenuación, quietarle el dolo de homicidio aduciendo un ‘accidente’ o el camino de la legitima defensa”. En ese sentido agregó: “Quedó comprobado que no fue un homicidio en estado de emoción violenta”, agregó.

Comentarios