La Justicia provincial autorizó los tratamientos de fertilidad asistida a través de la subrogación de vientre a una pareja oriunda de Jardín América. Se trata de un hecho histórico en la provincia.
En ese contexto, para saber en detalle en que consiste este trámite, el móvil de MisionesCuatro consultó con la abogada Cynthia Llanes, quien al respecto declaró: “es la primera vez de la subrogación de vientre. Es importante trasladar un mensaje, no es algo que esté prohibido. No hay una norma expresa que consiente, no está regulada”, explicó la letrada.
Asimismo, agregó: “tenemos las técnicas de reproducción asistidas y que es una forma de afiliación, así como la afiliación por naturaleza, la afiliación por adopción. El caso en la provincia específico se da. Primero que se da en el marco judicial, en donde se solicita al Poder Judicial que autorice que la persona pueda acceder a estas técnicas de reproducción asistida”.
En ese sentido aclaró: “es importante distinguir del alquiler de vientre. Cuando hablamos de subrogación de vientre, no es el alquiler de vientre que hemos visto que los famosos han accedido a tener hijos a través de esto. La subrogación o más bien la gestación por sustitución es algo altruista, solidario”.
“Se tiene que evaluar que esta persona, los que son los comitentes, por ejemplo, en este caso que fue una pareja, no puedan tener hijos de manera natural o bien no puedan llegar a un embarazo a término. Tiene que haber un aval médico, pero no solamente de sanidad, sino psicológico también, psicológico para los comitentes y para la que es la gestante también. Otra de las cosas que es importante es que ya haya tenido un embarazo anterior y segundo que va a darle la criatura a los comitentes”, explicó Llanes.
Y continuó: “también es importante algo que es el consentimiento informado, cuando sea la autorización judicial, que los médicos hayan tenido un acompañamiento documental de estas situaciones. Primero que los médicos puedan decir que son esas personas las que dieron los gametos para que se forme el embrión y, segundo, a través de una parte notarial en donde la gestante de su consentimiento de que va a entregar el niño a las personas”.
Respecto al trámite en Misiones, señaló: “en el caso de la provincia, en particular, se ordena que puedan acceder a atención médica y que la obra social le pueda otorgar a las personas las herramientas para acceder a esto no claro que le cubra la obra social y a su vez el tema de la inscripción”.
“El mejor camino es este, de solicitar una orden judicial, una autorización judicial en donde se manifieste toda esta situación, se hace por proceso sumario, el proceso sumario en general es un proceso donde se busca acreditar determinados hechos. Estos derechos llevan vida a unas personas y no se dan de un día para el otro”, afirmó la abogada.