En agosto de 2020 la ANMAT había advertido que “la inhalación (de dióxido de cloro) puede generar edema pulmonar, broncoespasmos, neumonitis química y edema de glotis, entre otras complicaciones respiratorias como bronquitis crónica y erosiones dentales, así como complicaciones en otros órganos del cuerpo”.
La primera publicación se realizó cuando comenzó a circular la información sobre la utilización de dicho producto en pacientes con coronavirus en Brasil. Para alertar a la población, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica recomendó “no consumir productos que contengan dióxido de cloro o sustancias relacionadas (clorito de sodio, hipoclorito de sodio, lavandina)”.
Esta semana, el Juez Federal Subrogante Javier Pico Terrero hizo lugar al pedido de la familia de Jorge García Rúa, un hombre de 93 años que estaba internado en el hospital Otamendi. El hijo del paciente había hecho el pedido para que le apliquen dióxido de cloro al hombre que padecía coronavirus y logró la aprobación de Pico Terreno, quien aseguró que “la cobertura de los tratamientos indicados no ocasionaría un grave perjuicio para la demandada, pero evita, en cambio, el agravamiento de las condiciones de vida de la actora”. El hombre finalmente falleció y generó una serie de repudios por parte del cuerpo médico y de otros integrantes del Poder Judicial.
Tras los hechos que fueron de público conocimiento, la ANMAT emitió un comunicado recordando que “esta Administración Nacional recomienda a la comunidad no consumir productos que contengan dióxido de cloro o sustancias relacionadas (clorito de sodio, hipoclorito de sodio, lavandina) ya que no hay evidencia científica sobre su eficacia y el uso de estos productos podría ocasionar graves efectos adversos”.
“ANMAT recuerda que la utilización de dióxido de cloro para el tratamiento de COVID-19 u otras enfermedades, no cuenta con estudios que demuestren su eficacia y no posee autorización alguna por parte de este organismo para su comercialización y uso. En consonancia, la Organización Panamericana de la Salud (OPS), emitió un documento sobre la posibilidad de efectos adversos que podría causar la ingesta del producto en cuestión”, indica el texto de la Administración.
Para concluir, ANMAT alertó: “se recuerda a la población no utilizar productos no autorizados, ya que se encuentran fuera de lo establecido en la normativa vigente”.