Zapana: “La prisión perpetua por un delito tipificado en el artículo 80 del Código Penal, es para toda la vida”
POSADAS. Ante la resolución del juicio por el crimen de Fernando Báez Sosa, ocurrido el 18 de enero del 2020 en Villa Gesell, por el que este lunes fueron condenados a prisión perpetua, Máximo Thomsen, Ciro Pertossi, Enzo Comelli, Matias Benicelli y Luciano Pertossi, el abogado penalista misionero Hugo Zapana resaltó que estos condenados no podrán acceder a la libertad condicional.
Según el letrado, ello es así porque están condenados por un delito tipificado en el artículo 80 del Código Penal y porque la llamada “Ley Petri” (Ley Nacional nº 27.375) excluye a estos delitos de los regímenes de abreviación de las penas. Sin embargo, Zapana aclaró que pasarán unos 5 años en que las condenas queden firmes. E inclusive, el escenario es abierto, puesto que la querella también apelará el fallo condenatorio contra tres de los acusados -Ayrton Viollaz, Blas Cinalli y Lucas Pertossi-, que fueron condenados como “partícipes secundarios” del crimen de Báez Sosa, y recibieron una pena de 15 años.
La querella, la fiscalía y la defensa podrán acudir ante la “Corte de Casación de Buenos Aires y luego, eventualmente, si es adverso a las pretensiones de las partes, podrán interponer un recurso extraordinario de inaplicabilidad de la ley ante la Suprema de Justicia. Y eventualmente, les quedaría la posibilidad de interponer un recurso extraordinario federal, ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Hasta que no se expida el máximo tribunal, la sentencia no quedaría firme”, argumentó Zapana, en diálogo con el Noticiero Central de MisionesCuatro.
La prisión perpetua que hace irrelevante la resocialización
En cuanto a la duración de la prisión perpetua “son 35 y se obtiene la condicional habiendo cumplido reglamentos carcelarios y un informe criminológico bueno”, reveló Zapana. No obstante, el penalista explicó que desde la sanción de la ley 27.375 en 2017, “los homicidios agravados del artículo 80, por el concurso de dos o más personas, alevosía, delitos contra integridad sexual, trata de personas, narcotráfico, cuando llegan a los 35 años, no tienen libertad condicional”.
“Hay un límite en el artículo 55 del CP, que dice que las penas temporales de prisión no pueden superar los 50 años”, admitió Zapana adentrándose en una discusión académica en el Derecho Penal argentino. Sobre ese punto “hay una discusión en la academia: si siendo el fin de la pena la resocialización de una persona que violó la ley, para que pueda reintegrarse, si se le aplica un programa para resocializarlo, no tendría sentido, (porque) esta persona estaría toda la vida presa”, reflexionó.
“Hay planteos de inconstitucionalidad de esta prisión para toda la vida, pero no han prosperado. Hoy por hoy la prisión perpetua por un delito tipificado en el artículo 80 del Código Penal, es para toda la vida”, precisó.
Varios años para que la sentencia quede firme
Por otra parte, Zapana apuntó a que la revisión de este fallo, tomará por lo menos, un año. “Hice una lectura sintética de los fundamentos del fallo (del Tribunal Oral Penal 2 de Campana) Tiene argumentos sólidos, pero es un derecho de los condenados, recurrir la sentencia”, sostuvo el abogado. Sin embargo, en la Corte de Casación de Buenos Aires, se aplicará la “teoría del máximo rendimiento”, es decir, revisar “todo lo que se pueda revisar: hechos, derecho y prueba”
De acuerdo con Zapana, Casación de Buenos Aires analizará “si los hechos y las pruebas han sido bien encuadrados por el tribunal y si el derecho aplicable es el correcto. Es una revisión amplia que no se va a dar en 15 días. Las casaciones en Misiones duran dos años. El resultado del juicio estará recién en el 2024, y existe todavía (el recurso a la) Corte Suprema. De acá a 5 años, aproximadamente, la sentencia quedaría firme”, se aventuró a decir Zapana.
Asimismo, “el resultado (final del juicio) está abierto: puede ser perpetua a todos (los 8 acusados), 15 años de prisión a todos, menos o más pena a los que recibieron la condena (como partícipes secundarios)”, sostuvo.
Por último, Zapana consideró que este juicio y sentencia no sentará un precedente en el país. “No creo que siente un precedente ni tampoco que aumentar las penas sirva para la disuasión. (La disuasión) no ha funcionado. La perpetua era de 25 años, hoy es de 50 años y en algunos casos, 35, pero se siguen sucediendo hechos”, puntualizó.