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Masacre de Panambí: El STJ rechazó la apelación de los condenados

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El ex prefecturiano Pablo Julio Paz, Juan Ramón Godoy y Marcial Alegre, están condenados a prisión perpetua, acusados como autores materiales del cuádruple homicidio de la familia Knack, ocurrido el 25 de mayo de 2014 en la localidad de Panambí.

Masacre de Panambí: El STJ rechazó la apelación de los condenados
Pablo Julio Paz, Juan Ramón Godoy y Marcial Alegre, están condenados a prisión perpetua

El salvaje ataque acabó con la vida de casi una familia entera. Perdieron la vida el maderero Oscar Carlos Knack (44), su esposa Graciela Mojfiuk (42) Bianca (12) y Cristian (25), los hijos de la pareja. Todos fueron golpeados, atados y quemados dentro de la vivienda familiar en el kilómetro 6 de la localidad de Panambí.

Cristian falleció a pocos días del fatal episodio, prestó declaración mientras estaba internado, hecho que permitió avanzar en la causa.

El único sobreviviente fue Carlos “Nano” Knack, otro hijo del matrimonio, quien en ese entonces tenía 20 años de edad y no se encontraba en la vivienda cuando sucedió la tragedia familiar.

Casa de la familia Knack

Por el hecho, fueron condenados a prisión perpetua el ex prefecturiano Pablo Julio Paz (54), Juan Ramón Godoy (47) y Marcial Alegre (54), acusados como autores materiales del cuádruple homicidio de la familia Knack. Los abogados defensores de los acusados presentaron un recurso de apelación, pero fue rechazado por el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia.

Los ministros del Superior Tribunal de Justicia: Cristian Benítez, Cristina Irene Leiva, María Laura Niveyro, Liliana Picazo, Jorge Antonio Rojas, Roberto Uset, Ramona Beatriz Velázquez, Froilán Zarza, Rosanna Venchiarutti Sartori, rechazaron los recursos de casación de los tres abogados defensores de quienes fueron condenados el 18 de diciembre de 2017 a prisión perpetua por la denominada “masacre de Panambí”.

El fallo fue firmado el miércoles y confirma la condena a prisión perpetua determinada por los jueces del Tribunal Penal de Oberá.

Fueron dos los planteos recursivos, por un lado, el interpuesto por Ramón Moisés Grinhauz, a favor de Marcial Alegre y el recurso de Eduardo Paredes y Cristina Salguero, a favor de Juan Ramón Godoy y Pablo Julio Paz.

Los defensores recurrieron las pruebas genéticas y un rastro dactilar hallado. Los procedimientos de la toma, tanto de los registros de ADN como de la huella de un dedo en el lugar del crimen, para los defensores no cumplieron con lo que indica la custodia y resguardo de la prueba.

Ahora, los codefensores tendrán un lapso de diez días hábiles para interponer un recurso extraordinario federal ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

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