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Detuvieron a un hombre por abuso sexual dentro de un colectivo

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Ocurrió en Posadas, en la tarde del martes en un colectivo de la línea 01 y la víctima es una menor de 10 años de edad. El presunto abusador, Daniel César G., de 36 años, se encuentra detenido y entiende en la causa el juez de instrucción nro. 3 Fernando Verón.

Detuvieron a un hombre por abuso sexual dentro de un colectivo

[vc_row][vc_column][vc_column_text]Ocurrió en Posadas, en la tarde del martes en un colectivo de la línea 01 y la víctima es una menor de 10 años de edad. El presunto abusador, Daniel César G., de 36 años, se encuentra detenido y entiende en la causa el juez de instrucción nro. 3 Fernando Verón. Está acusado de abuso sexual simple, pero es clave la interpretación que realicen fiscalía y juzgado.[/vc_column_text][vc_single_image image=”124649″ img_size=”full”][vc_column_text]POSADAS. El acoso sexual en los colectivos se hizo presente en Posadas con el caso de un sujeto detenido este martes por la tarde, acusado de abuso sexual simple contra una menor de 10 años. El detenido es Daniel César G., de 36 años, quien fue observado por un inspector de colectivos dentro del interno 803 de la línea 01, cuando tocaba en forma abusiva a la niña, mientras el ómnibus estaba abarrotado de gente.

MisionesCuatro se comunicó con la denunciante, una mujer de 30 años que iba con sus dos hijos de 6 y 10 años, notó que su hija se mostraba incómoda y se movía de lugar permanentemente. El detenido se encontraba detrás y tocó los glúteos de la niña. Alrededor de las 18.45 hs., un inspector de la empresa de colectivo advierte lo sucedido y grita al sujeto: “¡Hijo de p… no le vas a hacer eso a una criatura!”. Según la denunciante, al darse cuenta de lo sucedido observó que el abusador tenía una visible erección, pero aún así rechazaba las acusaciones e increpaba a la menor para que negara lo sucedido.

En medio de gritos del sujeto, que habría sido golpeado por otro pasajero, se dirigieron a la Comisaría Décima y de ahí fueron derivados a la Comisaría de la Mujer de la Unidad Regional X, que intervino en el caso. En la Comisaría de la Mujer, la menor que se encontraba en estado de shock, recibió contención psicológica.

Daniel G., quedó detenido en la Comisaría 10 a la espera de que el Juez de Instrucción Nro. 3, Fernando Verón, que interviene en la causa por abuso sexual simple, defina su situación procesal y determine si corresponde la liberación del sujeto. Cabe acotar que la madre de la víctima ya denunció públicamente a este sujeto en las redes sociales, llamándolo abusador y “violín” (violador). En la publicación, la madre alertó a la sociedad posadeña del peligro que representa el acosador.

Por lo pronto, fuentes policiales consultadas, señalaron que Daniel G. sigue detenido por el momento, hasta que el juez Verón defina su situación procesal. Por tratarse de una menor, se debe conformar una Cámara Gesell para que la víctima preste su testimonio, siempre y cuando Verón impute al sujeto por abuso sexual simple.

DERECHOS VULNERADOS

El Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (Unicef) sostiene que el abuso sexual ocurre cuando una niña o un niño es utilizado para la estimulación sexual de su agresor (un adulto conocido o desconocido) o la gratificación de un observador. Implica toda interacción sexual en la que el consentimiento no existe o no puede ser dado, independientemente de si el niño entiende la naturaleza sexual de la actividad e incluso cuando no muestre signos de rechazo.

El contacto sexual entre un adolescente y un niño o una niña más pequeños también puede ser abusivo si hay una significativa disparidad en la edad, el desarrollo, el tamaño o si existe un aprovechamiento intencionado de esas diferencias.

PENA EN LA ARGENTINA

El abuso sexual, es un delito sancionado penalmente por el Código Penal de la Nación en su Título III “Delitos contra la integridad sexual” (artículos 118 a 133).

El abuso sexual simple, sucede -como en este caso-cuando una niña o un nene es sometido a contactos sexuales, manoseos o tocamientos en las zonas íntimas con fines sexuales. Este tipo de contacto sexual se produce en situaciones en las que, o bien el consentimiento no está dado porque el hecho fue realizado mediante violencia, amenaza o abuso de poder, o bien no puede ser dado porque se cometió contra un niño o una niña que tiene menos de 13 años. En el segundo escenario el factor de la edad es muy importante, ya que el delito se configura sin necesidad de que la víctima haya sido sometida en contra de su voluntad o haya existido abuso de poder.[/vc_column_text][vc_facebook type=”button_count”][vc_tweetmeme][vc_column_text]JMM y VB[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row]

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