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Condenan al Estado y la Policía Federal por negligencia en un femicidio

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Ocurrió en Buenos Aires. La Justicia consideró que los agentes fueron negligentes. Acompañaron a una mujer que denunció violencia a sacar sus cosas de la casa y el marido la mató a cuchilladas. Deberán pagar una indemnización millonaria.

Condenan al Estado y la Policía Federal por negligencia en un femicidio

[vc_row][vc_column][vc_column_text]Ocurrió en Buenos Aires. La Justicia consideró que los agentes fueron negligentes. Acompañaron a una mujer que denunció violencia a sacar sus cosas de la casa y el marido la mató a cuchilladas. Deberán pagar una indemnización millonaria.[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row][vc_row][vc_column][vc_single_image image=”127894″ img_size=”full” alignment=”center”][/vc_column][/vc_row][vc_row][vc_column][vc_column_text]El Estado Nacional y la Policía Federal Argentina (PFA) fueron condenados a pagar una indemnización de cuatro millones de pesos a las hijas de un hombre que mató a su esposa y luego se suicidó en el Barrio Norte porteño, en momentos en que dos efectivos de la fuerza debían custodiar a la mujer.

El fallo fue dictado por la sala II de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal, que confirmó una sentencia anterior que halló responsables de “negligencia” a dos integrantes de la PFA que intervenían en el operativo.

Mediante el primer voto de la jueza Claudia Caputi, al que adhirieron los jueces Luis María Márquez y José Luis López Castiñeira, la Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contenciosos Administrativo Federal confirmó la condena al Estado Nacional y a dos integrantes de la Policía Federal al pago de una suma de dinero en concepto de indemnización por hallarlos responsables de negligencia en el operativo en el cual fue asesinada una mujer por parte de su esposo que luego se suicidó.

La Cámara extendió la condena a los agentes que debieron participar del operativo, por actuar “minimizando o directamente negándose el riesgo suscitado”, cuya consecuencia fue el femicidio.

La acción se realizó contra el Estado Nacional por el obrar de sus dependientes (personal policial), y –en forma personal- contra los agentes que participaron del operativo (dos oficiales) sobre la base de postularse un proceder omisivo en el ejercicio de las funciones propias de éstos.

Los hechos

Las actoras-hijas del matrimonio J.D.A. y M.G.S.- plantearon que el Estado Nacional y los funcionarios policiales eran responsables por el episodio en el cual perdieron la vida sus progenitores.

La madre de las actoras había promovido una acción civil por violencia familiar contra su esposo en el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil N° 9.

En el marco de dicha causa, el juez dispuso la prohibición de acercamiento del esposo hacia la mujer y las hijas, y autorizó a la denunciante para que, acompañada por personal de la comisaría procediera a retirar los efectos personales del domicilio conyugal.

El día del procedimiento fueron asignados dos oficiales, uno de ellos se quedó en el auto cumpliendo tareas de chofer, mientras el otro no evitó el contacto entre las partes. Como resultado, el hombre atacó a la mujer con un arma blanca, dándole muerte, y luego se suicidó.

La sentencia recordó “el sólido basamento normativo de la tutela que merecen las mujeres en situaciones análogas a la de la Sra. S. (…) La conducta diligente de un agente policial en el contexto que aquí se analiza radica en entender que debe comportarse en orden a brindar la seguridad, que se module en función de las particulares circunstancias que emanaban de las órdenes impartidas judicialmente”.

(Con información del Centro de Información Judicial)

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