La veda electoral por las elecciones generales 2023 empieza a regir este viernes 20, a las 8:00 y finalizará este domingo 22 de octubre a las 21:00, según lo establecido en el marco normativo del Código Nacional Electoral.
En ese lapso, los candidatos no podrán realizar actos de campaña o proselitistas. También hay otra serie de restricciones para la ciudadanía en general.
¿Qué está prohibido durante la veda electoral?
- Realizar actos públicos de campaña y proselitismo electoral.
- Ofrecer o entregar a los electores boletas de sufragio dentro de un radio de ochenta metros (80 m.) de las mesas receptoras de votos, contados sobre la calzada, calle o camino.
- Publicar y difundir encuestas o sondeos preelectorales.
- La venta de bebidas alcohólicas (prohibida desde las 20 horas del sábado hasta las 21 del domingo).
- Los espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados y toda clase de reuniones públicas que no se refieran al acto electoral.
- Prohibición de portar armas.
- Desde el viernes y durante el día de la votación estará prohibido portar banderas, distintivos o insignias partidarias.
Las personas que no respeten la veda electoral podrán ser denunciadas y sancionadas si se comprueba que efectivamente violaron el Código Electoral.
Además, en durante este periodo, los comercios tienen prohibido vender alcohol desde las 20:00 del sábado 21 de octubre hasta las 21:00 del domingo.