Política

Por decreto, se habilitó que el proyecto de Ganancias se trate en extraordinarias

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El proyecto numerado en la Cámara Baja con el expediente 6960/2020, fue presentado 5 de febrero último.

Por decreto, se habilitó que el proyecto de Ganancias se trate en extraordinarias

El presidente, Alberto Fernández, habilitó la incorporación al temario de las sesiones extraordinarias del proyecto de reforma del Impuesto a las Ganancias a partir de la publicación del Decreto 106/2021 en la edición del Boletín Oficial correspondiente a este 18 de febrero.

En su rasgo fundamental, dispone que los asalariados que cobren hasta 150.000 pesos brutos mensuales queden exceptuados del pago del Impuesto a las Ganancias.

La norma, dispone en su artículo 1º que se incluya en el temario del Congreso, durante el período de sesiones extraordinarias, “la consideración del proyecto de ley tendiente a sustituir el inciso ‘c’ del primer párrafo y el cuarto párrafo del artículo 30 de la ley de Impuesto a las Ganancias”.

Las modificaciones propuestas para el artículo 30 de la ley del impuesto a las Ganancias (del texto ordenado en 2019) establecen una serie de porcentajes y combinaciones que, al aplicarse en conjunto, suben el piso a partir del cual se pueden realizar deducciones sobre el salario para pagar el tributo (mínimo no imponible).

En su rasgo fundamental, dispone que los asalariados que cobren hasta 150.000 pesos brutos mensuales queden exceptuados del pago del Impuesto a las Ganancias.

La iniciativa también establece la exención del pago del tributo para los jubilados que reciban mensualmente un ingreso que signifique hasta ocho jubilaciones mínimas.

De acuerdo a las estimaciones de quienes diseñaron el proyecto, esta suba del piso de Ganancias beneficiará a 1.267.000 personas de la población total de asalariados registrados del país.

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