El Gobierno nacional anunció este jueves la flexibilización de controles sanitarios. Entre las nuevas medidas, menciona la no obligatoriedad del uso de alcohol en gel y termómetros.
La medida es tomada debido a una baja de casos de Covid-19, según informaron.
De acuerdo con el Ministerio de Salud, ya no será necesario sostener el control de temperatura corporal y el rociado de manos en los accesos a edificios.
Bajo la misma línea, también deja de ser obligatorio la implementación de turnos programados, las sanitizaciones y otras medidas adicionales, “a menos que se entiendan fundamentales para el desarrollo de una determinada actividad productiva”, indicaron.
Aun así, y teniendo en cuenta que el virus continúa circulando en el país, aconsejan mantener el uso tapabocas en espacios compartidos cerrados y abiertos. Su uso no es obligatorio solo cuando se circula al aire libre a más de dos metros de otros.
En ese sentido, reiteran la necesidad de mantener la distancia mínima de dos metros entre personas, asegurar una adecuada ventilación cruzada y continua en los ambientes, así como mantener el lavado frecuente de manos.
Cabe recordar que en la provincia de Misiones aún es obligatorio el uso de barbijo o tapabocas.
Las flexibilizaciones previamente mencionadas quedan a disposición para su uso en las siguientes actividades: económicas, bancarias, industriales, comerciales, de servicios, turísticas, religiosas, culturales, deportivas, recreativas y sociales.
Eliminación de turnos previos
Por su parte, el Banco Central anunció que los bancos podrán atender sin turnos y estableció las condiciones que deberán cumplir las entidades financieras que pretendan mantener el sistema de turnos vigente a partir del inicio de la pandemia.
En un comunicado, la autoridad monetaria dispuso que “las entidades financieras y las empresas que prestan servicios vinculados, podrán a partir del lunes realizar la atención presencial del público en general sin turno”.
La medida del BCRA dispone que “en caso de optar por dar prioridad a la atención con turno, las entidades deberán exhibir esa condición en forma clara en sus páginas de Internet, el turno no podrá demorar más de tres jornadas hábiles y se deberá tramitar en forma sencilla a través de esas páginas o por otro medio electrónico y atenderse con celeridad”.
También aclaró que “si la capacidad de atención lo permite, se podrá atender con ambas modalidades, dando prioridad a la atención de los clientes que tienen turno y a personas que se presenten con su Certificado Único de Discapacidad vigente o con movilidad reducida”.