Política

El Senado firmó el dictamen de Ley de Alquileres

cargando anuncio

La iniciativa, que cuenta con media sanción de Diputados, se debatió en la comisión de Legislación General de la la Cámara alta.

El Senado firmó el dictamen de Ley de Alquileres

El proyecto de Ley de Alquileres -con media sanción- recibió este martes dictamen de la Comisión de Legislación General del Senado y se tratará este jueves en el recinto, aunque los senadores advirtieron que podrían introducirle cambios, por lo que debería retornar a la Cámara de Diputados. También será tratado el proyecto de educación a distancia.

El proyecto de Ley de Alquileres fue aprobado por la Cámara de Diputados en noviembre del año pasado y reforma el Código Civil y Comercial para extender los contratos de dos a tres años y establecer un nuevo mecanismo de actualización anual (en lugar de semestral), que se calculará en base al aumento de la inflación y el salario.

En ese sentido, se establece una fórmula para la actualización de los precios, combinando el IPC (Índice de Precios al Consumidor) con el mencionado RIPTE (Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables).

Este artículo fue uno de los que mayor debate generó, ya que algunos senadores argumentaron que podría dejar abierta la posibilidad de que haya más aumentos que los prometidos en la norma.

El senador por el Frente de Todos de Chubut, Mario Pais, explicó que el artículo 14 del proyecto no es claro en cuanto al período de indexación. “Como está redactada la norma, se establece que el valor del alquiler debe mantenerse por doce meses y al año se puede actualizar. Se puede interpretar que el primer año se mantendría el valor, pero luego se permitiría establecer una cláusula gatillo mensual”, interpretó el legislador por Chubut.

Por su parte, el senador por Córdoba de Juntos por el Cambio, Ernesto Martínez, propuso resolver si la Cámara alta votará la sanción venida en revisión de Diputados o insistirá con un proyecto similar presentado por la peronista rionegrina Silvina García Larraburu que se aprobó en el Senado en 2016 pero que la Cámara baja nunca debatió.

“Socialmente, hoy estamos bien cubiertos por los Decretos de Necesidad y Urgencia emitidos por el Poder Ejecutivo que evitan los desalojos”, recordó.

Aunque la presidenta de la comisión, la senadora del Frente de Todos por Corrientes, Ana Almirón, anunció que pasaba a la firma el dictamen de Diputados, fuentes parlamentarias, en tanto, dejaron trascender la posibilidad de modificar la norma venida en revisión en el mismo recinto de sesiones.

Otro punto clave del proyecto es que se dispone que el inquilino podrá optar por presentar como garantía un aval bancario, seguro de caución; garantía de fianza; o personal del locatario, que se documentará con recibo de sueldo, certificado de ingresos o cualquier otro medio fehaciente.

También se fija que las expensas extraordinarias deberán ser abonadas por el dueño de la propiedad.

En cuanto al depósito, el dictamen fija que no se podrá pedir “el pago de alquileres anticipados por períodos mayores a un mes” y determina que el depósito de garantía será devuelto mediante la entrega de una suma equivalente al precio del último mes de la locación, o la parte proporcional en caso de haberse acordado un depósito inferior a un mes de alquiler.

Otro aspecto clave del dictamen es que se deberá declarar el contrato de alquiler ante la Administración Federal de Ingresos Públicos de la Nación (AFIP), dentro de los plazos que disponga este organismo, que a la vez deberá dar facilidades para poder cumplir con esta medida.

Además, se crea el Programa Nacional de Alquiler Social destinado a jubilados, pensionados, y aquellas familias que no tengan cómo acceder a un sistema de garantías.

Ley sobre Educación a Distancia

El proyecto de Ley sobre Educación a Distancia, en el marco de la pandemia de coronavirus y que fue aprobado en mayo por la Cámara de Diputados también obtuvo dictamen de la Comisión de Educación del Senado y será debatido en la próxima sesión.

La iniciativa amplía el artículo 109 de la Ley de Educación para permitir el aprendizaje a distancia para menores de 18 años -ya que solo se habilitaba a los adultos y escuelas rurales- cuando existan razones excepcionales en las que no se pueda realizar el ciclo lectivo en forma presencial.

En ese sentido, el expediente fija que “excepcionalmente, previa declaración fundada del Ministerio de Educación en acuerdo con el Consejo Federal de Educación cuando la escolaridad presencial -total o parcial- sea inviable, y únicamente en caso de epidemias, pandemias, catástrofes o razones de fuerza mayor que impidan la concurrencia a los establecimientos educativos, será permitido transitoriamente el desarrollo de trayectorias educativas a distancia para los niveles y las modalidades de la educación obligatoria para menores de 18 años”.

La normativa determina que para aplicar esta metodología de estudio “deberá atenderse la provisión de recursos tecnológicos y de conectividad que promuevan la igualdad educativa con condiciones de calidad”.

La iniciativa fue respaldada por todos los bloques de la Cámara alta y está lista para ser debatida en la próxima sesión del Senado que podría desarrollarse el próximo jueves.

Comentarios