PUERTO IGUAZÚ. Mediante una resolución con fecha del 8 de marzo, la Municipalidad resolvió exigir a las estaciones de servicio la exclusividad para los taxistas que estén debidamente identificados y en regla.
Según señala el documento, de 6 a 10 y de 18 a 22 hs es el horario establecido para aquellos vehículos debidamente habilitados para el transporte de pasajeros.
En tanto, el artículo 2 indica que el beneficio de la exclusividad está dirigido a aquellos vehículos que estén debidamente habilitados para el transporte de pasajeros, también la identificación de la parada o empresa para la cual preste servicios.
Las estaciones de servicio que incumplan, deberán pagar una multa por el valor de 100 litros de natfa.