La decisión de extender el
régimen permanente de facilidades de pago “apunta a garantizar la continuidad
de un mecanismo de financiamiento para los contribuyentes afectados por la
crisis económica mientras se instrumenta el acceso a la moratoria prevista en
la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva” señaló el organismo mediante
un comunicado.
Asimismo, prorrogó hasta el 31 de marzo de 2020 la suspensión
para trabar medidas cautelares a Micro, Pequeñas y Medianas Empresas. De esa
manera, “la AFIP extiende por tres meses el plazo anteriormente previsto en la
normativa con el objetivo de aliviar la situación de asfixia financiera en la
que se encuentran muchas empresas”.
La prórroga del plan de pagos y la extensión de la suspensión
de los embargos durante el primer trimestre de 2020 se instrumentarán a través
de dos resoluciones generales de la AFIP que serán publicadas en el Boletín
Oficial.
El plan de facilidades vigente hasta el 31 de marzo de 2020
contempla la posibilidad de regularizar deudas impositivas, de los recursos de
la seguridad social y aduaneras –así como sus intereses y multas- vencidas
durante los primeros tres meses del año próximo.
El plan establece un máximo de hasta doce cuotas. La deuda a
incluir deberá ser cargada de forma manual en el Sistema Mis Facilidades. Para
adherirse al plan de facilidades de pago los contribuyentes deberán cumplir con
las siguientes condiciones:
Tener adherido el Domicilio Fiscal Electrónico (solo requiere
un correo electrónico y un número de teléfono celular).
Tener presentadas las declaraciones juradas determinativas de
las obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social por
período fiscal.
Además, declarar en el servicio “Declaración de CBU” la Clave
Bancaria Uniforme (CBU) de la cuenta corriente o de la caja de ahorro de la que
se debitarán el importe de cada cuota.
La suspensión de la traba de medidas cautelares hasta el 31
de marzo de 2020 beneficia a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas,
inscriptas como tal en el “Registro de Empresas MiPyMES”.
La extensión del plazo alcanza también a aquellos
contribuyentes que se encuentren caracterizados en el “Sistema Registral” como “Potencial
Micro, Pequeña y Mediana Empresa – Tramo I y II”.
Aplazaron hasta marzo el régimen de facilidades de pago y la suspensión de embargos
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