Política

Aprobaron la emergencia para procesos de concursos preventivos y quiebras

cargando anuncio

En tiempo récord, oficialismo y oposición consensuaron un proyecto único en la Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados. Lo aprobaron sobre tablas en la sesión. La emergencia durará hasta marzo de 2021.

Aprobaron la emergencia para procesos de concursos preventivos y quiebras

BUENOS AIRES. La Cámara de Diputados aprobó este viernes, tras un acuerdo contrarreloj, la emergencia para procesos de concursos preventivos y quiebras en el marco de la pandemia del Covid-19. La iniciativa, consensuada entre proyectos de distintos bloques, recibió 250 votos afirmativos y dos abstenciones, del Frente de Izquierda.

Según Parlamentario, el texto fue unificado en una reunión de la Comisión de Justicia previa a la sesión virtual. Y declara hasta el 31 de marzo de 2021 “la emergencia de los sujetos comprendidos en los procesos de concursos preventivos y acuerdos preventivos extrajudiciales que se encuentren en trámite, así como también de los sujetos comprendidos en los concursos preventivos que se peticionen y en los trámites de quiebra que se inicien” desde la vigencia de la ley hasta el fin de la emergencia.

El presidente de la comisión, Rodolfo Tailhade, destacó el acuerdo alcanzado en ese ámbito para tratar sobre tablas. Y en tiempo récord, un proyecto unificado. “Me resulta difícil hablar de consensos habida cuenta de mis antecedentes”, bromeó el diputado oficialista.

Señaló que, si bien “todos tenían observaciones”, las dejaron a un lado para acordar un texto único, entre iniciativas de Carlos Selva (Frente de Todos), Ximena García (UCR) y Luis Di Giácomo (Juntos Somos Río Negro), entre otros.

Tailhade explicó que se busca “aportar desde el Parlamento una herramienta para que las empresas puedan tener continuidad”, lo que significa “un consuelo en medio de una crisis tan profunda”.

La postura del PRO en este debate

Desde el recinto, el jefe del bloque Pro, Cristian Ritondo, señaló que “el aislamiento social, preventivo y obligatorio ha creado una serie de desafíos”. En ese marco “las empresas están en riesgo, y con ellas cientos de miles de empleos formales”, agregó. Por eso, sostuvo que la reforma en los concursos preventivos y quiebras es “una señal política muy concreta”.

El oficialista Carlos Selva, autor de uno de los proyectos, sostuvo que “la pandemia ha agravado la situación complejísima de la que venían las pymes el año pasado”. Asimismo, destacó que se haya llegado a una redacción consensuada donde se subsanaron aspectos que “podrían haber generado mayor litigiosidad o conflicto”.

Los aportes de la radical Matzen y de la lavagnista Camaño

Desde la UCR, Lorena Matzen coincidió en que “en este Congreso tenemos la responsabilidad de defender al laburante”. Y destacó que el proyecto “otorga seguridad jurídica y agilidad en el proceso judicial”. Así como también “facilidades para que este sector pueda afrontar este proceso”, subrayó.

Matzen explicó que se intenta “que el concurso sea una herramienta jurídica de supervivencia y continuidad, y no el camino hacia el cierre definitivo” de las empresas.

Por su parte, Graciela Camaño (Consenso Federal) alertó que “100.000 empresas van a estar complicadas cuando se reabran los tribunales”. “Hay un sector al que no podemos darnos el lujo de permitir que esto lo afecte: es el sector empresarial. El tipo que tiene el espíritu emprendedor, el espíritu innovador. No nos podamos dar el lujo de no acompañar ese espíritu”, sostuvo.

La legisladora destacó que la futura ley será “un alivio”. Y que permitirá “cerrarle la tranquera a la posibilidad de que las empresas se vayan al diablo”, dijo.

Los puntos salientes del proyecto

Durante el plazo que dure la emergencia, se suspenderá el cómputo de plazos procesales en todos los procesos regidos por la Ley 24.522 de Concursos y Quiebras, en lo dispuesto al denominado “período de exclusividad” previsto en el artículo 43 de esa norma.

Se establece que “en cada proceso, el juez del concurso deberá fijar fundadamente un nuevo cronograma para dicho período contemplando la suspensión dispuesta y fijando la fecha de los actos pendientes a partir de la misma”.

En el caso de los juicios que se inicien a partir de la vigencia de la ley, el plazo previsto en el artículo 43 de la Ley Nº 24.522 de Concursos y Quiebras será de 180 días. Pudiendo el juez a pedido del deudor, extenderlo por única vez en 60 días adicionales.

Además, se suspenden “los procesos de ejecución de cualquier tipo de garantías de obligaciones financieras, incluidas las ejecuciones de garantías de cualquier tipo respecto de los fiadores, avalistas, codeudores y otros obligados respecto a las obligaciones de los sujetos concursados comprendidos en la emergencia”.

También se suspenden “la totalidad de las subastas judiciales y extrajudiciales, incluidas las hipotecarias y prendarias de cualquier origen que éstas sean”. Por otra parte se prohíben “nuevos embargos sobre cuentas bancarias, excepto para el caso de los procedimientos de comprobación y pronto pago de créditos laborales, y créditos de origen alimentarios”.

Comentarios