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Desde Unión Popular proponen la creación de “Estaciones Saludables”

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El Concejal de Unión Popular Gastón Caballero a través de un Proyecto de su autoría ha propuesto la creación de Estaciones Saludables en distintos puntos de la ciudad de Apóstoles con el objetivo brindar asistencia sanitaria a aquellas personas que realicen actividades físicas recreativas o deportivas, en espacios públicos destinados a las mismas.

Desde Unión Popular proponen la creación de “Estaciones Saludables”

[vc_row][vc_column][vc_column_text]El Concejal de Unión Popular Gastón Caballero a través de un Proyecto de su autoría ha propuesto la creación de Estaciones Saludables en distintos puntos de la ciudad de Apóstoles con el objetivo brindar asistencia sanitaria a aquellas personas que realicen actividades físicas recreativas o deportivas, en espacios públicos destinados a las mismas.[/vc_column_text][vc_single_image image=”120503″ img_size=”full” alignment=”center”][vc_column_text]“Es un proyecto bastante ambicioso por lo que he propuesto que el mismo pase a Comisión y sea estudiado en profundidad y luego se implementado en nuestra ciudad, nuestro objetivo es cuidar al vecino que realiza algún tipo de actividad física”, destacó el edil.

En parte de su articulado el Proyecto presentado señala:
Artículo 4º: Las Estaciones Saludables deberán brindar asistencia gratuita a aquellas personas que haciendo uso del espacio público para actividades físicas así lo requieran, realizando las siguientes acciones:
-Control de Presión Arterial
-Control de Glucosa en Sangre
-Consejería Nutricional, mediante entrega de folletos informativos.
-Provisión de Agua Potable

PROYECTO DE ORDENANZA

VISTO:
Que es habitual la práctica de actividades físicas, deportivas o recreativas, en parques y espacios públicos emblemáticos de la Ciudad.

CONSIDERANDO:
Que resulta pertinente brindar un servicio de asistencia sanitaria en dichos espacios a través de Estaciones Saludables, con el objetivo de mejorar la calidad de vida de nuestros ciudadanos, brindando información y realizando controles básicos a quienes así lo requieran en ocasión de efectuar sus actividades físicas.

Que el principal objetivo, es mejorar los hábitos de los vecinos de la ciudad de Apóstoles en materia de actividad física y alimentación, previniendo de esta manera los factores de riesgo que causan las enfermedades cerebro y cardiovasculares.

Que este tipo de enfermedades crónicas no transmisibles son en el presente una de las principales causas de muerte en nuestro país, siendo las enfermedades cardiovasculares las principales.

Que se podría contribuir a solucionar este flagelo, si logramos educar respecto a los cambios en torno a hábitos malsanos, tales como mala o incorrecta alimentación, sedentarismo y consumo de tabaco.

Que la Ciudad de Apóstoles no puede estar ajena a la implementación de un programa de estas características, que permita en el emplazamiento de los mismos:
-Asesorar acerca de la promoción de la salud y prevención de enfermedades crónicas no transmisibles.
-Controles de enfermería que incluyan medición de presión arterial y medición del nivel de glucosa en sangre, entre otros.
-Consejería sobre alimentación saludable y hábitos saludables, consistente en asesoramiento y orientación de acuerdo a las demandas e inquietudes de los vecinos, bajo estricta supervisión de un licenciado en Nutrición.
-El desarrollo de actividades lúdicas, recreativas y físicas, gratuitas y en diferentes horarios, a fin de incorporar el deporte a la rutina de los vecinos, como son gimnasia, correr, caminatas, elongación, yoga y ciclismo, entre otras.

Que todas estas actividades y servicios se deberán prestar en forma gratuita.

Que resulta de suma importancia que estas acciones lleguen a todos los barrios de la ciudad.

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
de Apóstoles sanciona con fuerza de Ordenanza

Artículo 1º: CRÉASE en la Ciudad de Apóstoles el Programa Municipal Permanente “Estaciones Saludables”.

Artículo 2º: El Programa Municipal Permanente Estaciones Saludables tendrá como objetivo brindar asistencia sanitaria a aquellas personas que realicen actividades físicas recreativas o deportivas, en espacios públicos destinados a las mismas.

Artículo 3º: Se denomina Estación Saludable al puesto móvil que ubicado en lugares estratégicos de la ciudad brindará asistencia sanitaria, debiendo contar con un enfermero con título habilitante.

Artículo 4º: Las Estaciones Saludables deberán brindar asistencia gratuita a aquellas personas que haciendo uso del espacio público para actividades físicas así lo requieran, realizando las siguientes acciones:
-Control de Presión Arterial
-Control de Glucosa en Sangre
-Consejería Nutricional, mediante entrega de folletos informativos.
-Provisión de Agua Potable

Artículo 5º: El Órgano Ejecutivo Municipal deberá promover actividades físicas gratuitas, tales como gimnasia, caminatas aeróbicas y paseos en bicicleta, en los lugares donde se instalen Estaciones Saludables.

Artículo 6º: El DEM deberá establecer por vía reglamentaria la cantidad progresiva de instalación y funcionamiento estaciones saludables en parques y espacios públicos emblemáticos de la ciudad destinadas a actividades recreativas y el lugar exacto de ubicación de las mismas.

Artículo 7º: El DEM podrá celebrar convenios con diversas instituciones públicas nacionales o provinciales e Instituciones privadas u Organizaciones no Gubernamentales que garanticen la implementación del programa “Estaciones Saludables”.

Artículo 8º: El DEM deberá reglamentar la instrumentación de la presente Ordenanza en un plazo de sesenta (60) días a partir de su promulgación.

Artículo 9º: Refrendará, la presente el Sr. Secretario del Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Apóstoles.

Artículo 10º: Regístrese, Comuníquese, Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal, Cumplido ARCHIVESE.[/vc_column_text][vc_facebook type=”button_count”][vc_tweetmeme][/vc_column][/vc_row]

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