Política

Diputados comenzará a tratar el proyecto “Emergencia Covid”

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La iniciativa, que contempla la aplicación de medidas sanitaras generales en todo el país según la situación epidemiológica, comenzará a tratarse en un plenario de las comisiones de Asuntos Constitucionales y Salud entre el martes y el jueves de la semana entrante.

Diputados comenzará a tratar el proyecto “Emergencia Covid”

La Cámara de Diputados comenzará a analizar en comisión el proyecto de “Emergencia Covid” enviado por el Gobierno nacional que establece un marco normativo sobre parámetros de riesgo epidemiológico y sanitario para mitigar el impacto de la segunda ola de coronavirus, que contempla medidas sanitarias generales que se aplicarán en todo el país hasta fin de este año.

Las fuentes adelantaron que el plenario de comisiones se realizaría entre el martes y el jueves de la semana próxima.

El proyecto


La iniciativa reúne los criterios sostenidos en los Decretos de Necesidad y Urgencia (DNU) firmados por el gobierno desde el inicio de la pandemia. Hace hincapié en las reuniones sociales, el control del número de camas de terapia intensiva y el dictado de clases presenciales.

Entre otras cuestiones, establece una serie de parámetros para definir las medidas restrictivas en los centros urbanos de acuerdo con los riesgos: bajo, mediano, alto y “Situación de Alarma Epidemiológica y Sanitaria” que se aplicarán en todo el país. El proyecto mantiene el dictado de clases presenciales y sólo las restringe en aquellas zonas en “situación de alarma”.

En las urbanizaciones con “alarma epidemiológica y sanitaria” se suspenden los centros comerciales y ferias, los locales gastronómicos, la práctica recreativa de deportes grupales de contacto en espacios al aire libre, los gimnasios y la circulación entre las 19 y las seis de la mañana.


Además se suspenden las reuniones sociales en domicilios particulares; en espacios públicos al aire libre de más de diez personas; la práctica recreativa de deportes en establecimientos cerrados. También las actividades de casinos, bingos, discotecas y salones de fiestas; la realización de todo tipo de eventos culturales, sociales, recreativos, religiosos y de cualquier otra índole en lugares cerrados que impliquen concurrencia de personas.

Asimismo, establece que los gobernadores y el jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, según corresponda, podrán suspender en forma temporaria las clases presenciales y las actividades educativas no escolares presenciales conforme a la evaluación del riesgo epidemiológico, de conformidad con la normativa vigente.

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