Posadas

El Grupo Z se negó a ventilar los números y las empresas vinculadas a la construcción de la Estación Quaranta

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A través del empresario Leumann, presidente de EUTA y gerente de Tipoka, respondieron a la carta documento de la empresa Bencivenga. Señalaron que toda la información requerida, la tiene el poder concedente y que los pedidos se deben dirigir a la provincia y municipio.

El Grupo Z se negó a ventilar los números y las empresas vinculadas a la construcción de la Estación Quaranta

POSADAS. Finalmente, el empresario Guillermo Leumann, presidente de la EUTA (Empresarios Unidos del Transporte Urbano) y gerente de la empresa Tipoka SA, contestó a la carta documento enviada por Darío Skrabiuk, el gerente de Bencivenga SRL, rechazando de plano a informar sobre los números y las empresas involucradas en la construcción de la Terminal Quaranta, que el Grupo Zbikoski, se niega a compartir con la única empresa de transporte urbano de pasajeros que compite contra el monopolio de los colectivos en el Gran Posadas.

Leumann dijo que se tomó más tiempo que las 48 horas legales de toda carta documento, porque siguen un protocolo sanitario para evitar contagios del novel coronavirus.

Sostuvo que EUTA, el grupo conformado por las empresas Casimiro Zbikoski, Tipoka y Nuestra Señora del Rosario, es una “asociación civil cuyo objeto es la gestión, asesoramiento y defensa de los intereses gremiales colectivos de sus asociadas”. Con esto, trató de instalar públicamente, la idea de que EUTA es una asociación de empresas. Cuando es vox populi que todas las empresas pertenecerían al Grupo Zbikoski, que maneja el 94% de las líneas de colectivos. Esto con la anuencia y complicidad del gobierno provincial. Y de los municipios del Gran Posadas.

Para Leumann, la EUTA no es el Grupo Zbikoski

En otro tramo de la carta documento enviada por Leumann a Skrabiuk, el presidente de la EUTA, sostiene que la empresa que él gerencia, Tipoka SA, “proporciona toda la información que resulte conducente y menester del poder concedente, que constituye la autoridad de aplicación que debe tomar carta y resolver todo asunto o cuestión atinente a los contratos de concesión y prestación del servicio público del transporte urbano de pasajeros. Ergo, deberá Bencivenga SRL, canalizar sus requerimientos e inquietudes son la autoridad de aplicación”.

Con esto, quedó en claro que ni Leumann ni la EUTA (es decir, el Grupo Z), van a informar lo requerido por Bencivenga. Argumentan que esa información se la enviaron al poder concedente (es decir, la municipalidad y la provincia). De acuerdo con el planteo del Grupo Z, es la autoridad de aplicación la que debe zanjar la cuestión respecto del uso de la Terminal Quaranta. Más aún, tras las denuncias de la EUTA contra Bencivenga.

El poder concedente maneja los números y debe informar

Pero más importante, Leumann, como vocero de Zbikoski, responde a Bencivenga que pida esos datos al concedente. Es decir, deja a entrever que es el municipio de Posadas, la provincia y Secretario de Transporte provincial René Kegler, los que conocen los números y las firmas involucradas en la construcción de la Terminal. Esto implica que el concedente del predio para la construcción de la estación Quaranta, es el que no está transparentando los números, informando públicamente sobre la cuestión.

Recordemos que Bencivenga, había solicitado a Leumann y la EUTA, que informen sobre los siguientes ítems:

*Nombre, Nº de CUIT y domicilio de la sociedad constituida entre las tres empresas que han aportado e invertido para la construcción de dicha Terminal de Transferencia.

*De no haberse constituido ninguna sociedad, el Contrato, Acuerdo, Convenio o documento similar suscripto por las Empresas Nuestra Señora del Rosario SRL, Tipoka SA y Casimiro Zbikoski SA que creó el consorcio para la mencionada construcción.

*Monto presupuestado para la realización de la obra.

*Aportes comprometidos por cada una de las partes, parámetros considerados para proporcionar los mismos respecto del total a invertir, modo y plazos de integración.

*Cláusula que supedita el uso de dicha Terminal de Transferencia al pago de aporte.

*Autoridad que delegó a los suscriptores del fideicomiso la potestad de prohibir el uso de un espacio público.

*Monto total efectivamente invertido en la construcción.

*Empresa Constructora de la Obra.

*Instrumento mediante el cual la Empresa Constructora transfirió la obra a las empresas aportantes.

*En función de los anteriores, cuál sería la suma que supuestamente debe aportar Empresa Bencivenga SRL.

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